
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó hoy que multó a Elektrafin con 142 mil nuevos soles por infringir diversas normas de protección al consumidor al otorgar un crédito mediante su servicio denominado "Credifácil".
La sanción fue aplicada porque Elektrafin, mediante su servicio "Credifácil", impuso una tasa de interés de 165.98 por ciento a una consumidora que solicitó un préstamo de 1,250 soles.
Precisó que el Banco Central de Reserva (BCR) sólo autoriza cobrar un máximo de 25.09 por ciento de interés a las empresas ajenas al sistema financiero nacional.
Además, al momento de entregar el crédito, Elektrafin descontó por adelantado, sin previo aviso, 116 soles.
A esto se suma que la empresa sancionada no entregó copia del contrato a la clienta e, inclusive, no respondió una carta notarial donde la afectada solicitaba información sobre su deuda.
Asimismo, se constató que Elektrafin empleó métodos de cobranza prohibidos como, por ejemplo, enviarle una carta advirtiéndole que embargarían sus bienes y le iniciarían un procedimiento penal por apropiación ilícita si no cancelaba la deuda.
Con estas conductas Elektrafin infringió la Ley de Protección al Consumidor, que indica que los proveedores están obligados a brindar información clara, oportuna y veraz respecto de la calidad del bien o del servicio que ofrecen, dijo el Indecopi.
La sanción fue aplicada porque Elektrafin, mediante su servicio "Credifácil", impuso una tasa de interés de 165.98 por ciento a una consumidora que solicitó un préstamo de 1,250 soles.
Precisó que el Banco Central de Reserva (BCR) sólo autoriza cobrar un máximo de 25.09 por ciento de interés a las empresas ajenas al sistema financiero nacional.
Además, al momento de entregar el crédito, Elektrafin descontó por adelantado, sin previo aviso, 116 soles.
A esto se suma que la empresa sancionada no entregó copia del contrato a la clienta e, inclusive, no respondió una carta notarial donde la afectada solicitaba información sobre su deuda.
Asimismo, se constató que Elektrafin empleó métodos de cobranza prohibidos como, por ejemplo, enviarle una carta advirtiéndole que embargarían sus bienes y le iniciarían un procedimiento penal por apropiación ilícita si no cancelaba la deuda.
Con estas conductas Elektrafin infringió la Ley de Protección al Consumidor, que indica que los proveedores están obligados a brindar información clara, oportuna y veraz respecto de la calidad del bien o del servicio que ofrecen, dijo el Indecopi.
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