CLADEM Perú frente a revisión de Ley 26260
Por la aprobación de una norma que proteja de manera efectiva a las mujeres contra la violencia de género y priorice sus derechos humanos frente a los del grupo familiar, se pronunció el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer , CLADEM Perú frente a la sexta audiencia descentralizada que realiza la Comisión Especial Revisora de la Ley 26260 en la ciudad de Trujillo.
Representantes de esa organización manifestaron que en 16 años de existencia, y habiendo pasado por trece procesos de revisión, la vigente Ley Contra la Violencia Familiar no ha logrado ser una herramienta efectiva para proteger a las mujeres peruanas, que siguen siendo asesinadas y violentadas sin que el Estado y la sociedad garanticen sus derechos.
Opinaron que el abordaje de la actual norma es limitado porque no propone una Ley de violencia contra la mujer basada en género y restringe su protección al ámbito familiar, dejando de lado otros espacios y agentes productores de la violencia ocurrida a las mujeres en los ámbitos comunitario y estatal.
Asimismo, lamentaron que la ley carezca de un enfoque que la lleve a asumir la violencia familiar como una expresión de la violencia de género que afecta de manera especial a las mujeres de todas las edades, debido al machismo imperante en la sociedad peruana.
En tal sentido, manifestaron que la norma no se ajusta al mandato de la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer , aprobada en 1994 en Belem do Pará y suscrita por el Estado peruano. Este instrumento supranacional obliga a la debida diligencia frente a la violencia de género, que implica la prevención, investigación de los casos, sanción a agresores y reparación para las víctimas. Asigna también al Estado la obligación de disponer de presupuestos adecuados para el funcionamiento de servicios para la atención adecuada y oportuna de las víctimas de la violencia de género.
Según datos del Observatorio de Criminalística del Ministerio Público, durante el 2009, 135 mujeres fueron asesinadas por sus parejas, y casi un tercio de ellas acudió a las instituciones encargadas de administrar justicia sin que estas adoptaran con la debida diligencia las medidas necesarias para proteger sus vidas.
Casos como el de Elizabeth Alanya, quemada en el rostro por su conviviente, quien en un principio fue dejado en libertad por un juez que no consideró suficientemente graves las lesiones causadas a la víctima, o el más reciente de la enfermera técnica descuartizada por su ex pareja dan doloroso testimonio del nivel de desprotección y vulneración de derechos en que viven las peruanas.
Por la aprobación de una norma que proteja de manera efectiva a las mujeres contra la violencia de género y priorice sus derechos humanos frente a los del grupo familiar, se pronunció el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer , CLADEM Perú frente a la sexta audiencia descentralizada que realiza la Comisión Especial Revisora de la Ley 26260 en la ciudad de Trujillo.
Representantes de esa organización manifestaron que en 16 años de existencia, y habiendo pasado por trece procesos de revisión, la vigente Ley Contra la Violencia Familiar no ha logrado ser una herramienta efectiva para proteger a las mujeres peruanas, que siguen siendo asesinadas y violentadas sin que el Estado y la sociedad garanticen sus derechos.
Opinaron que el abordaje de la actual norma es limitado porque no propone una Ley de violencia contra la mujer basada en género y restringe su protección al ámbito familiar, dejando de lado otros espacios y agentes productores de la violencia ocurrida a las mujeres en los ámbitos comunitario y estatal.
Asimismo, lamentaron que la ley carezca de un enfoque que la lleve a asumir la violencia familiar como una expresión de la violencia de género que afecta de manera especial a las mujeres de todas las edades, debido al machismo imperante en la sociedad peruana.
En tal sentido, manifestaron que la norma no se ajusta al mandato de la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer , aprobada en 1994 en Belem do Pará y suscrita por el Estado peruano. Este instrumento supranacional obliga a la debida diligencia frente a la violencia de género, que implica la prevención, investigación de los casos, sanción a agresores y reparación para las víctimas. Asigna también al Estado la obligación de disponer de presupuestos adecuados para el funcionamiento de servicios para la atención adecuada y oportuna de las víctimas de la violencia de género.
Según datos del Observatorio de Criminalística del Ministerio Público, durante el 2009, 135 mujeres fueron asesinadas por sus parejas, y casi un tercio de ellas acudió a las instituciones encargadas de administrar justicia sin que estas adoptaran con la debida diligencia las medidas necesarias para proteger sus vidas.
Casos como el de Elizabeth Alanya, quemada en el rostro por su conviviente, quien en un principio fue dejado en libertad por un juez que no consideró suficientemente graves las lesiones causadas a la víctima, o el más reciente de la enfermera técnica descuartizada por su ex pareja dan doloroso testimonio del nivel de desprotección y vulneración de derechos en que viven las peruanas.
1 comentarios:
Ya hay demasiadas leyes que no se cumplen. Solamente debemos exigir y contribuir al cumplimiento de la Constitución. Hombres y mujeres somos IGUALES ante la Ley. No levantemos murallas que nos diferencien.
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