viernes, 17 de octubre de 2008

Madres adolescentes podrán demandar a quien niegue paternidad de sus hijos


Las madres adolescentes mayores de 14 años podrán demandar directamente ante el Poder Judicial y ser parte en los procesos de filiación extramatrimonial en caso sus parejas nieguen la paternidad de sus hijos.
Así lo acordó el pleno del Congreso de la República al aprobar por 88 votos a favor, uno en contra y una abstención una norma que modifica el artículo 46° del Código Civil.
La disposición elimina la incapacidad de las adolescentes mayores de 14 años –a partir del nacimiento del hijo- para realizar una serie de actos, como las demandas de filiación extramatrimonial.

De esa manera, las menores en esta situación podrán reconocer a sus hijos, reclamar o demandar gastos de embarazo o parto, y ser parte en los procesos de tenencia y alimentos a favor de sus hijos.
La congresista Rosario Sasieta (AP) dijo que no es congruente que los adolescentes puedan presentar demandas de alimentos, pero no puedan iniciar los procesos que les permitan que sus hijos sean reconocidos.
En tanto que la legisladora Alda Lazo (AN) sostuvo que es una situación injusta en agravio de adolescentes el hecho que estén impedidas de reclamar la filiación de sus hijos.
Lazo recordó que en la actualidad las menores sólo pueden demandar la filiación de sus hijos a través de sus padres o tutores.

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