El Ministerio de la Producción informó que aquellos pescadores que se acojan voluntariamente a retirarse de la pesca industrial de anchoveta, podrán continuar con sus faenas de captura de otras especies marinas.
Ello en el marco del compromiso asumido por la ministra de la Producción, Elena Conterno, con la Federación de Pescadores del Perú y al Sindicato de Pescadores de Chimbote y Anexos.
La Dirección de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa publicó una resolución directoral que precisa aspectos que deberá cumplir el personal de pesca que se acoja al Programa de Beneficios del Decreto Ley N° 1084.
Por ejemplo, en la libreta de embarco de estos pescadores se colocará una anotación que no les permitirá por cinco años embarcarse en naves pesqueras de anchoveta destinadas a la captura de esta especie.
"La suspensión temporal es aplicable sólo para el producto anchoveta y/o anchoveta blanca, dejando intacto el derecho del pescador de embarcarse en naves pesqueras que se dedican a la extracción de las demás especies hidrobiológicas", precisó.
"La suspensión temporal es aplicable sólo para el producto anchoveta y/o anchoveta blanca, dejando intacto el derecho del pescador de embarcarse en naves pesqueras que se dedican a la extracción de las demás especies hidrobiológicas", precisó.
El ministerio vigilará constantemente el fiel cumplimiento y aplicación de la norma mencionada, a fin de subsanar cualquier deficiencia que se pudiera presentar en su aplicación.
Bondades y beneficios
Destacó que a la fecha ya se evidencian las bondades y beneficios de la aplicación de esta norma, considerando que en esta primera temporada de pesca en que está vigente la norma, la captura diaria es en promedio 25 por ciento menos que en temporadas anteriores, lo cual implica una menor presión sobre el recurso.
Asimismo, el precio que se paga a los armadores independientes y de madera se incrementó en más de 40 por ciento, con lo cual no sólo se benefician ellos, sino también sus tripulaciones, en la medida que reciben parte de este ingreso adicional.
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