El ente lo decidió así mientras dure el mandato de prisión preventiva dictado en contra de Orleer Medina Barrios y de Avade Campos Haro
(El Comercio) El Jurado Nacional de Elecciones suspendió en el ejercicio del cargo al alcalde provincial de Pataz (La Libertad), Orleer Medina Barrios, y al regidor Avade Campos Haro, mientras dure el mandato de prisión preventiva dictado en contra de ambos, y dejó sin efecto sus respectivas credenciales.
El ente rector del sistema electoral, mediante Resolución N°492-2009-JNE, convocó al primer regidor Grimaldo Vigo Morales para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde.
Asimismo, convocó a Judith Paola Lecca Flores y Henie Rebeca Carruitero Carruitero para que asuman provisionalmente el cargo de regidoras del concejo provincial.
Previamente, el concejo municipal de Pataz, en sesión extraordinaria del 19 de junio de este año, declaró la suspensión de Medina y Campos por haberse dictado contra ambos un mandato de prisión preventiva dentro del proceso que se les sigue por delito de homicidio ante el Juzgado Penal de Pataz.
En razón de esta orden judicial, se configura la causal de suspensión en el cargo, prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
(El Comercio) El Jurado Nacional de Elecciones suspendió en el ejercicio del cargo al alcalde provincial de Pataz (La Libertad), Orleer Medina Barrios, y al regidor Avade Campos Haro, mientras dure el mandato de prisión preventiva dictado en contra de ambos, y dejó sin efecto sus respectivas credenciales.
El ente rector del sistema electoral, mediante Resolución N°492-2009-JNE, convocó al primer regidor Grimaldo Vigo Morales para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde.
Asimismo, convocó a Judith Paola Lecca Flores y Henie Rebeca Carruitero Carruitero para que asuman provisionalmente el cargo de regidoras del concejo provincial.
Previamente, el concejo municipal de Pataz, en sesión extraordinaria del 19 de junio de este año, declaró la suspensión de Medina y Campos por haberse dictado contra ambos un mandato de prisión preventiva dentro del proceso que se les sigue por delito de homicidio ante el Juzgado Penal de Pataz.
En razón de esta orden judicial, se configura la causal de suspensión en el cargo, prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades.
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