Por: Gonzalo Romero
gromero@congreso.gob.pe
El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley orientado a acabar con la práctica del hostigamiento o chantaje sexual cuyos autores podrían ser sancionados con el despido del centro laboral, informó el presidente de la Comisión de Trabajo del Legislativo, Juan Carlos Eguren (PPC).
La propuesta modifica la Ley 27942, Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual, a fin de prevenir y sancionar este tipo de prácticas en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea su forma jurídica y cuando se presente entre personas con prescindencia de jerarquía, estamento, grado, cargo, función, nivel remunerativo o análogo.
“La norma llenará un vacío legal para el mejor cumplimiento de la legislación vigente porque minimiza los riesgos del hostigamiento sexual y en líneas generales dará mayor seguridad jurídica y paz social al país”, enfatizó el legislador.
La norma incluye dentro del hostigamiento las conductas físicas o verbales de “connotación “sexual o sexista y el hostigamiento sexual ambiental, que comprende todo acto realizado de modo reiterado y de naturaleza sexual o “sexista”, creando un clima de intimidación, humillación u hostilidad.
Eguren detalló que también se incorpora como elemento constitutivo del acoso sexual la conducta del hostigador cuando sea lo suficientemente desagradable para perturbar al hostigado en el desarrollo normal de sus actividades o crearle situaciones intimidatorias, hostiles u ofensivas.
Asimismo, se establecen como manifestaciones del hostigamiento sexual en el uso de términos de naturaleza o connotación sexual o “sexista”; se señala que es responsabilidad del empleador adoptar las medidas necesarias para que cesen las represalias ejercidas por el hostigador.
La norma precisa que si el hostigador es un trabajador, este puede ser sancionado con amonestación, suspensión o despido, según la gravedad de los hechos.
gromero@congreso.gob.pe
El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley orientado a acabar con la práctica del hostigamiento o chantaje sexual cuyos autores podrían ser sancionados con el despido del centro laboral, informó el presidente de la Comisión de Trabajo del Legislativo, Juan Carlos Eguren (PPC).
La propuesta modifica la Ley 27942, Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual, a fin de prevenir y sancionar este tipo de prácticas en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea su forma jurídica y cuando se presente entre personas con prescindencia de jerarquía, estamento, grado, cargo, función, nivel remunerativo o análogo.
“La norma llenará un vacío legal para el mejor cumplimiento de la legislación vigente porque minimiza los riesgos del hostigamiento sexual y en líneas generales dará mayor seguridad jurídica y paz social al país”, enfatizó el legislador.
La norma incluye dentro del hostigamiento las conductas físicas o verbales de “connotación “sexual o sexista y el hostigamiento sexual ambiental, que comprende todo acto realizado de modo reiterado y de naturaleza sexual o “sexista”, creando un clima de intimidación, humillación u hostilidad.
Eguren detalló que también se incorpora como elemento constitutivo del acoso sexual la conducta del hostigador cuando sea lo suficientemente desagradable para perturbar al hostigado en el desarrollo normal de sus actividades o crearle situaciones intimidatorias, hostiles u ofensivas.
Asimismo, se establecen como manifestaciones del hostigamiento sexual en el uso de términos de naturaleza o connotación sexual o “sexista”; se señala que es responsabilidad del empleador adoptar las medidas necesarias para que cesen las represalias ejercidas por el hostigador.
La norma precisa que si el hostigador es un trabajador, este puede ser sancionado con amonestación, suspensión o despido, según la gravedad de los hechos.
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