viernes, 20 de noviembre de 2009

ONPE modifica reglamento de financiamiento y supervisión de fondos

(ANDINA).- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) modificó varios artículos del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, para lograr una correcta aplicación de la ley por parte de los partidos, y una mejor verificación y control de sus finanzas.
En una resolución jefatural de la ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se modifican los artículos 2º, 32º, 41º, 42º y 70º.
Entre los cambios se establece que a partir de la fecha, las aportaciones en efectivo a los partidos, cuyo importe sea igual o superior a la suma de tres mil quinientos (S/. 3,500) nuevos soles, o su equivalente en moneda extranjera, deberán efectuarse a través de medios de pago como depósitos en cuenta, cheques, giros, transferencia de fondos, órdenes de pago o tarjetas de débito y/o crédito expedidas en el país.
Esto permitirá aplicar procedimientos alternativos a fin de determinar e identificar con mayor precisión la procedencia, legalidad y licitud de los fondos que reciben los partidos, y evitar la infiltración de dinero de procedencia prohibida o dudosa en las organizaciones políticas.

La resolución también aclara aspectos relacionados con el tope establecido por la ley para financiar actividades de financiamiento proselitista, en los casos en que no se pueda identificar a los aportantes.
También se establece que con ocasión de las campañas electorales, y en las oportunidades en que lo estime conveniente, la ONPE solicitará a los movimientos de alcance regional o departamental y a las organizaciones políticas locales de alcance provincial o de distrito, la información relacionada con las aportaciones provenientes del financiamiento privado.
Según el párrafo tercero del artículo 34° de la Ley de Partidos Políticos, la ONPE puede hacer este requerimiento a las organizaciones políticas como parte de su mandato exclusivo de verificación y control externo de las finanzas partidarias.

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