
En una resolución publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se establece que el ámbito de aplicación del censo comprende las universidades, facultades, escuelas profesionales, unidades de post-grado, escuelas de post-grado, institutos y centros de investigación universitario.
Asimismo, otras dependencias de las universidades públicas y particulares, así como a los estamentos universitarios.
Para tal fin, las universidades públicas y privadas deberán designar a un representante responsable del censo en cada universidad, así como realizar la difusión y promoción censal sobre la ejecución del II Censo en cada universidad a través de los medios de comunicación que tengan.
Recientemente la ANR y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) firmaron un convenio para la realización del Censo.
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