SBS alista resolución para adecuar sus reglamentos sobre los créditos en el sistema financiero a lo que estipula el nuevo Código de Consumo.
(Perú 21).- Hoy se celebra el Día del Consumidor. Aproveche para recordar y tener en cuenta los derechos que tienen los usuarios en sus relaciones de consumo con todo tipo de proveedores. Para ello entró en vigencia, recientemente, el Código de Consumo y, como parte de la implementación de esta normativa, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) alista modificaciones a sus reglamentos sobre la transparencia de la información a favor de los clientes del sistema financiero peruano.
El proyecto de resolución publicado en su página web enfatiza en que el cobro de comisiones y gastos solo procederá cuando estos se sustenten en la realización de servicios adicionales a las operaciones inherentes al servicio contratado. Así, por ejemplo, no proceden los cobros por la celebración del contrato, el desembolso o la administración del crédito y sus garantías.
Establece, además, que las entidades del sistema financiero solo podrán difundir la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA) cuando se trate de crédito por cuotas, y la Tasa de Interés Efectiva Anual (TEA) cuando el sistema sea revolvente, como en las tarjetas de crédito.
También insiste en que a los pagos anticipados o a los prepagos en forma total o parcial no se les aplicará comisiones, gastos o penalidades. Si una empresa le otorga al cliente la posibilidad de no efectuar el pago de la cuota del mes deberá señalarle expresamente las consecuencias que se generarán en la deuda del cliente si decide aceptar dicha opción.
EDUCACIÓN. Al respecto, el BCP señala que el crecimiento de la banca debe ir acompañado de un cliente bancarizado educado. Por ello, antes de tomar un crédito, recomienda cotizar y comparar las condiciones del producto. También sugiere pagar un monto mayor al mínimo para reducir intereses, entre otros.
(Perú 21).- Hoy se celebra el Día del Consumidor. Aproveche para recordar y tener en cuenta los derechos que tienen los usuarios en sus relaciones de consumo con todo tipo de proveedores. Para ello entró en vigencia, recientemente, el Código de Consumo y, como parte de la implementación de esta normativa, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) alista modificaciones a sus reglamentos sobre la transparencia de la información a favor de los clientes del sistema financiero peruano.
El proyecto de resolución publicado en su página web enfatiza en que el cobro de comisiones y gastos solo procederá cuando estos se sustenten en la realización de servicios adicionales a las operaciones inherentes al servicio contratado. Así, por ejemplo, no proceden los cobros por la celebración del contrato, el desembolso o la administración del crédito y sus garantías.
Establece, además, que las entidades del sistema financiero solo podrán difundir la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA) cuando se trate de crédito por cuotas, y la Tasa de Interés Efectiva Anual (TEA) cuando el sistema sea revolvente, como en las tarjetas de crédito.
También insiste en que a los pagos anticipados o a los prepagos en forma total o parcial no se les aplicará comisiones, gastos o penalidades. Si una empresa le otorga al cliente la posibilidad de no efectuar el pago de la cuota del mes deberá señalarle expresamente las consecuencias que se generarán en la deuda del cliente si decide aceptar dicha opción.
EDUCACIÓN. Al respecto, el BCP señala que el crecimiento de la banca debe ir acompañado de un cliente bancarizado educado. Por ello, antes de tomar un crédito, recomienda cotizar y comparar las condiciones del producto. También sugiere pagar un monto mayor al mínimo para reducir intereses, entre otros.
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