Según lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 011-2010-TR, publicado en el diario oficial El Peruano el 11 de Noviembre de 2010, se estableció incrementar en S/. 50.00 nuevos soles la Remuneración Mínima de los trabajadores. Dicho incremento fue otorgado según el siguiente detalle:
- A partir del 01 de Diciembre de 2010, se aumentará la suma de
S/. 30.00 nuevos soles.
- A partir de 01 de Febrero de 2011, se aumentará la suma de
S/. 20.00 nuevos soles.
De esta manera, el cálculo para el pago de aportes al Sistema Nacional de Pensiones a partir de Febrero de 2011 se efectuará en base al 13% de la nueva RMV que asciende a S/. 600.00 nuevos soles, siendo así el nuevo aporte mínimo de S/. 78.00 nuevos soles.
Asimismo, la ONP informa a todas aquellas personas que tengan pendiente de regularizar aportes correspondientes a los meses de diciembre de 2010 y enero de 2011, que los pagos tributarios para dichos períodos se deberán calcular tomando como referencia una RMV equivalente a S/. 580.00 Nuevos Soles, siendo el aporte mínimo a efectuar de S/. 75.00 Nuevos Soles Mensuales, sólo para dichos períodos.
Para información previa relacionada a este tema puede consultar el CU -001 -2010 “PAGO DE APORTES FACULTATIVOS SEGÚN REAJUSTE DE LA REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL (RMV) D.S. N° 011-2010-TR” en nuestra página web: www.onp.gob.pe
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