El organismo precisó que la etapa de impugnaciones pasó y que, por tanto, no se puede variar la cédula de sufragio sobre el caso Fonavi.
(Perú 21).- Frente a la posibilidad planteada por el premier Javier Velásquez, de replantear la pregunta sobre la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), el representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la ONPE, Carlo Magno Salcedo, explicó que la ley establece procedimientos específicos para la aprobación de la cédula de sufragio y que a estas alturas ya no se puede variar.
El funcionario recordó que el diseño de la cédula fue publicado en el diario oficial El Peruano y sometido a un período de impugnaciones. En el caso particular del referéndum sobre el Fonavi, solo se presentó un reclamo por parte de los promotores de la consulta y fue desestimado por el JNE. “Esa etapa precluyó, ya no se pueden hacer cambios”, dijo.
Según el artículo 168 de la Ley Orgánica de Elecciones, “resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y el procedimiento que se debe seguir. Por ningún motivo, se puede efectuar cambio alguno en lo establecido precedentemente”.
Por otro lado, Salcedo precisó que la ONPE no elige la pregunta a su libre albedrío sino que se ciñe al marco de la convocatoria al referéndum que hace el Jurado Nacional de Elecciones y que, en este caso, es para que se someta a votación el “proyecto de ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo”.
(Perú 21).- Frente a la posibilidad planteada por el premier Javier Velásquez, de replantear la pregunta sobre la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), el representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la ONPE, Carlo Magno Salcedo, explicó que la ley establece procedimientos específicos para la aprobación de la cédula de sufragio y que a estas alturas ya no se puede variar.
El funcionario recordó que el diseño de la cédula fue publicado en el diario oficial El Peruano y sometido a un período de impugnaciones. En el caso particular del referéndum sobre el Fonavi, solo se presentó un reclamo por parte de los promotores de la consulta y fue desestimado por el JNE. “Esa etapa precluyó, ya no se pueden hacer cambios”, dijo.
Según el artículo 168 de la Ley Orgánica de Elecciones, “resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y el procedimiento que se debe seguir. Por ningún motivo, se puede efectuar cambio alguno en lo establecido precedentemente”.
Por otro lado, Salcedo precisó que la ONPE no elige la pregunta a su libre albedrío sino que se ciñe al marco de la convocatoria al referéndum que hace el Jurado Nacional de Elecciones y que, en este caso, es para que se someta a votación el “proyecto de ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo”.
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