Organizaciones de mujeres frente a revisión de Ley 26260
• En 8 de cada 10 casos de violencia física, psicológica o sexual denunciados, la víctima es una mujer (MIMDES).
• 12 feminicidios se cometen en promedio al mes en el Perú (MIMDES setiembre-2010)
• 13 asesinatos de mujeres a manos de sus parejas se han reportado solo en los primeros 15 días de este mes. Casi la mitad de las víctimas tenía entre 16 y 14 años de edad (Observatorio de DEMUS-noviembre 2010)
Por: Rosa Cisneros Canales
La aprobación de una norma que proteja de manera efectiva a las mujeres contra la violencia de género de acuerdo a los estándares de derechos humanos establecidos, es una demanda urgente de las instituciones y organizaciones de mujeres que integran el Colectivo 25 de Noviembre, No más violencia contra las Mujeres, frente al nuevo proceso de revisión de la Ley 26260 que lleva a cabo una comisión especial del Congreso desde abril de este año.
El abordaje actual de la Ley contra la Violencia Familiar es limitado porque no individualiza a las mujeres como sujetos de derecho y restringe su ámbito de protección al hogar, dejando de lado otros espacios y agentes productores de violencia de género, como la comunidad y el Estado, expresaron representantes de dicha organización.
En tal sentido, manifestaron que la norma no se ajusta al mandato de la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, aprobada en 1994 en Belem do Pará y suscrita por el Estado peruano. Este instrumento supranacional obliga a la debida diligencia frente a la violencia de género, que implica la prevención, investigación de los casos, sanción a agresores y reparación para las víctimas. Asigna también al Estado la obligación de disponer de presupuestos adecuados para el funcionamiento de servicios para la atención adecuada y oportuna de las víctimas de la violencia de género.
Propusieron que, de no aprobarse una ley contra la violencia de género, la norma en revisión debiera enfocarse a prevenir, investigar y sancionar la violencia hacia las mujeres en la familia, considerando que, por el machismo existente en la sociedad peruana, son ellas las principales afectadas por este problema.
Datos a considerar sobre la ineficaz respuesta estatal frente a la violencia de género
• 1 de cada 3 mujeres asesinadas denunció su agresor, pero el sistema de Justicia no le proporcionó la protección que necesitaba. (Fuente: Ministerio Público)
• En 16 años de vigencia, la Ley N° 26260 de Protección a las víctimas de violencia familiar ha tenido 13 procesos de revisión y 5 modificaciones.
• 7 meses lleva trabajando la actual Comisión Revisora de la Ley de Violencia Familiar del Congreso de la República. Aún no define la naturaleza de la ley ni el sujeto de atención.
• 6 países en América Latina cuentan ya con leyes para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. El Perú insiste en el abordaje de violencia familiar, que presenta limitaciones para proteger a las mujeres, principales víctimas de la violencia.
• En 8 de cada 10 casos de violencia física, psicológica o sexual denunciados, la víctima es una mujer (MIMDES).
• 12 feminicidios se cometen en promedio al mes en el Perú (MIMDES setiembre-2010)
• 13 asesinatos de mujeres a manos de sus parejas se han reportado solo en los primeros 15 días de este mes. Casi la mitad de las víctimas tenía entre 16 y 14 años de edad (Observatorio de DEMUS-noviembre 2010)
Por: Rosa Cisneros Canales
La aprobación de una norma que proteja de manera efectiva a las mujeres contra la violencia de género de acuerdo a los estándares de derechos humanos establecidos, es una demanda urgente de las instituciones y organizaciones de mujeres que integran el Colectivo 25 de Noviembre, No más violencia contra las Mujeres, frente al nuevo proceso de revisión de la Ley 26260 que lleva a cabo una comisión especial del Congreso desde abril de este año.
El abordaje actual de la Ley contra la Violencia Familiar es limitado porque no individualiza a las mujeres como sujetos de derecho y restringe su ámbito de protección al hogar, dejando de lado otros espacios y agentes productores de violencia de género, como la comunidad y el Estado, expresaron representantes de dicha organización.
En tal sentido, manifestaron que la norma no se ajusta al mandato de la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, aprobada en 1994 en Belem do Pará y suscrita por el Estado peruano. Este instrumento supranacional obliga a la debida diligencia frente a la violencia de género, que implica la prevención, investigación de los casos, sanción a agresores y reparación para las víctimas. Asigna también al Estado la obligación de disponer de presupuestos adecuados para el funcionamiento de servicios para la atención adecuada y oportuna de las víctimas de la violencia de género.
Propusieron que, de no aprobarse una ley contra la violencia de género, la norma en revisión debiera enfocarse a prevenir, investigar y sancionar la violencia hacia las mujeres en la familia, considerando que, por el machismo existente en la sociedad peruana, son ellas las principales afectadas por este problema.
Datos a considerar sobre la ineficaz respuesta estatal frente a la violencia de género
• 1 de cada 3 mujeres asesinadas denunció su agresor, pero el sistema de Justicia no le proporcionó la protección que necesitaba. (Fuente: Ministerio Público)
• En 16 años de vigencia, la Ley N° 26260 de Protección a las víctimas de violencia familiar ha tenido 13 procesos de revisión y 5 modificaciones.
• 7 meses lleva trabajando la actual Comisión Revisora de la Ley de Violencia Familiar del Congreso de la República. Aún no define la naturaleza de la ley ni el sujeto de atención.
• 6 países en América Latina cuentan ya con leyes para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. El Perú insiste en el abordaje de violencia familiar, que presenta limitaciones para proteger a las mujeres, principales víctimas de la violencia.
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