sábado, 4 de diciembre de 2010

Contaminación en Cartavio

Fuente de Referencia Youtube Elvallechicama.com: :http://www.youtube.com/watch?v=Z-NIaHjtmzg

Una actitud de desconsideración hacia los derechos humanos de un ambiente sano y una vida saludable para los moradores del Sector Techo Propio – Las Gardenias de Cartavio. Fueron lo que vivieron por parte de la Empresa Cartavio S.A.A. Se manifiesta la indignación de los moradores por el abuso constante de un poder económico frente a la indiferencia de las autoridades locales y de la nación.
Es obvio el favoritismo hacia el grupo gloria por medio de las empresas de Casa Grande y de Cartavio por las múltiples acusaciones frente a las acciones de contaminar el medio ambiente de una forma tan irresponsable ante la fiscalización ciega de nuestras autoridades.

Donde quedaron los derechos de la salud y de tener un ambiente sano y limpio. Quizás para los padres de la patria del congreso que representan nuestra voluntad, para ellos no sea tan importante nuestra salud y bienestar o quizás bajo nuestros votos pusimos que abusen de nosotros porque es más importante un 19 % del impuesto a la Venta o un Impuesto Municipal.

El desarrollo es muy importante y el crecimiento de las empresas como de Casa Grande y de Cartavio también la son para mejorar nuestra condición de vida, siempre y cuando vivamos en armonía: poder económico, salud, sociedad y medio ambiente. Porque de verdad no hay mal que dure cien años ni cuerpo que lo resista.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Diciembre de 1948 y reconoce el derecho a la vida en su artículo 3, así como el derecho a buena salud en el artículo 25.
La Convención Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, siendo adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Diciembre de 1966, afirma el derecho a la salud en el artículo 12. (1): “Estados, partes de la presente Convención reconocen el derecho de disfrutar los estándares más altos de salud física y mental.”
El Informe de la Comisión Brundtland del año 1987 (“Nuestro Futuro Común”) define el concepto del desarrollo sostenible e incluye un número de principios generales, derechos y responsabilidades para lograr la protección ambiental y el desarrollo sostenible. Su primer principio de derechos humanos fue: “Todos los seres humanos tienen el derecho fundamental a tener un ambiente adecuado para su salud y bienestar.”
En la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la cual también ha sido adoptada por la reunión del la UNCED en el año 1992, los representantes de los países miembros reconocieron el derecho humano a un ambiente sano y limpio: “Principio 1: Los seres humanos son el centro de la preocupación del desarrollo sostenible. Ellos tienen el derecho a una vida saludable y productiva, estando en armonía con la naturaleza.”
Por todo lo anterior la contaminación del medio ambiente no solo es un crimen ecológico, sino también un crimen en contra del derecho humano de vivir en un ambiente saludable.
Por: Elias Saldaña Azañero

0 comentarios: