
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó un proyecto de ley al Congreso para implementar el voto postal, a fin de facilitar el sufragio de miles de ciudadanos peruanos que residen en diversos países.
Si bien se indica que este tipo de voto esta contemplado en la Ley Orgánica de Elecciones, nunca fue implementado, por lo que la única manera que tienen nuestros compatriotas de ejercer este derecho es acercándose personalmente a los consulados donde están inscritos.
Debido a que su lugar de residencia es muchas veces distante del consulado respectivo, muchos peruanos no acuden a votar, lo que genera un gran ausentismo.
El Voto Postal o Voto por Correspondencia consiste en la emisión del voto por el ciudadano en una célula que previamente solicita, y luego de ejercido su derecho, devuelve por la vía postal o de correos, al consulado donde se encuentra inscrito, dentro de los términos establecidos en el reglamento correspondiente.
Para implementar este voto, el JNE propone en su iniciativa legal alterar los plazos establecidos en el cronograma electoral, de modo que exista el tiempo suficiente para imprimir enviar a las embajadas el material respectivo.
Así, propone que la convocatoria a elecciones sea de 150 días así como el cierre del padrón electoral sea, en ambo casos, de 150 días antes de lo comicios.
Si bien se indica que este tipo de voto esta contemplado en la Ley Orgánica de Elecciones, nunca fue implementado, por lo que la única manera que tienen nuestros compatriotas de ejercer este derecho es acercándose personalmente a los consulados donde están inscritos.
Debido a que su lugar de residencia es muchas veces distante del consulado respectivo, muchos peruanos no acuden a votar, lo que genera un gran ausentismo.
El Voto Postal o Voto por Correspondencia consiste en la emisión del voto por el ciudadano en una célula que previamente solicita, y luego de ejercido su derecho, devuelve por la vía postal o de correos, al consulado donde se encuentra inscrito, dentro de los términos establecidos en el reglamento correspondiente.
Para implementar este voto, el JNE propone en su iniciativa legal alterar los plazos establecidos en el cronograma electoral, de modo que exista el tiempo suficiente para imprimir enviar a las embajadas el material respectivo.
Así, propone que la convocatoria a elecciones sea de 150 días así como el cierre del padrón electoral sea, en ambo casos, de 150 días antes de lo comicios.
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