jueves, 4 de marzo de 2010

JNE podrá disponer difusión de propaganda electoral cuando exista negativa injustificada

En caso que en la radio y televisión se persista con este negativa se derivará el caso al MT.
Magistrado Ulises Montoya asegura que medida no coacta la libertad de prensa.


Lima, (ANDINA).- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) podrá disponer la difusión de propaganda electoral de determinada organización política, en caso exista una negativa injustificada por parte de agún medios de comunicación, según la modificación del reglamento de la propaganda electoral.
La resolución 140-2010 publicada hoy en el diario oficial El Peruano establece que el JNE y los jurados electorales especiales “podrán disponer que un medio de comunicación social efectúa la difusión de propaganda electoral de una organización política determinada, en la medida que exista una negativa injustificada de prestar este servicio”.
Agrega que de la radio y televisión que persistan en esta negativa serán derivados, incluso, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones “para que actúe conforme a sus atribuciones, sin perjuicio que el afectado por tal infracción pueda hacer valer su derecho ante el órgano jurisdiccional competente”.
Al respecto, el Ulises Montoya, miembro del JNE, subrayó que en ningún caso esto significa una coerción a la libertad de prensa, ni una obligación para los medios de comunicación.

En declaraciones a la Agencia Andina, dijo que según el artículo 19 del propio reglamento, el JNE escuchará los argumentos del medio de comunicación, y si considera que no son atendibles, entonces lo instará a que proceda a difundir la propaganda, pero no podrá obligarlo, porque el jurado no tiene poder coercitivo contra la prensa.
“Más que todo será como un pronunciamiento moral del Jurado, que el medio de comunicación verá si lo cumple o no, pero no es que vayamos a obligarlo a difundir la propaganda; eso no lo podemos hacer, no tenemos poder coercitivo contra los medios, sobretodo para la prensa escrita”, afirmó.
Dijo que una situación distinta ocurre con la radio y la televisión, pues ellos sí están sometidos a un reglamento especial que los obliga a la pluralidad de la propaganda electoral, y por eso, en este caso, se ha dispuesto que cuando se presente estos casos, sean derivados al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

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