miércoles, 1 de septiembre de 2010

El 6 de setiembre vence el plazo para presentar excusas para no ocupar cargo de miembro de mesa

Se aceptarán las justificaciones de los seleccionados que tengan graves impedimentos físicos o mentales y de los que tengan que salir del país, precisó la ONPE

(El Comercio.pe).- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó hoy que los ciudadanos designados como miembros de mesa para los comicios del 3 de octubre pueden presentar sus excusas para no desempeñar esta labor hasta el 6 de setiembre.
De conformidad con la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), los electores designados tienen opción de presentar sus excusas hasta cinco días después de efectuada la publicación de la conformación definitiva de las mesas, que se realiza en las 91 oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE), una vez vencido el periodo de tachas.
Considerando que las publicaciones de las nóminas definitivas de miembros de mesa en las ODPE se han realizado en distintas fechas de la semana pasada, se está tomando en cuenta la última publicación como referente para el cómputo del plazo para presentar excusas.
En tal sentido, la ONPE precisó que la fecha tope para tramitar tales excusas vence el 6 de setiembre de 2010, a nivel nacional.A través de la página web de la ONPE puede realizar las consultas para saber si es miembro de mesa y para obtener las direcciones de las 91 ODPE. La excusa se presenta en la ODPE, debiendo formularse por escrito y sustentarse con el documento probatorio correspondiente.

EXCUSAS PARA NO SER MIEMBRO DE MESA
Las causas para presentar excusa son únicamente las siguientes: notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República, estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas por el artículo 57 de la LOE.
Según esa norma, no pueden ser miembros de mesa los candidatos, personeros o directivos de organizaciones políticas; los trabajadores de los organismos electorales; las autoridades políticas o los miembros de los concejos municipales; los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad en una misma mesa; los electores temporalmente ausentes de la República.
También es causal para presentar excusa ser mayor de 70 años de edad. Sin embargo, la ONPE dispuso que estos últimos ciudadanos no necesitan presentar excusa ni justificación porque, en caso de que no ejerzan el cargo de miembro de mesa, automáticamente no serán considerados omisos al desempeño del cargo.

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