Lima.- En pleno contexto electoral, mientras la atención de la opinión pública y la ciudadanía está puesta en la coyuntura política, se ha aprobado el Decreto Supremo Nº044-2011-PCM mediante el cual se establecen medidas para culminar, en un plazo no mayor a cuarentaicinco (45) días calendario, el proceso de transferencia de competencias y funciones a los gobiernos regionales y locales que se encuentra pendiente.
Estas incluyen la transferencia de funciones de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades y Población (14 funciones) y de la Red de Protección Social –donde se encuentran los Centros de Emergencia Mujer, a cargo del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del MIMDES– a las municipalidades provinciales y distritales a nivel nacional.
DEMUS expresa extrema preocupación porque esta transferencia signifique que los CEM ya no pertenezcan orgánicamente al Programa Nacional de Violencia Familiar y Sexual, y por ende, al MIMDES. También preocupa que se haya decidido aprobar este decreto cuándo el Gobierno se encuentra próximo a culminar y se prevea tan poco tiempo para que se realice la transferencia.
Ante esta situación, se recomienda que el proceso se realice con responsabilidad y teniendo en cuenta no solo los aspectos administrativos del mismo, sobre todo si se trata de servicios especializados para la atención de casos de violencia familiar y sexual, problema que aún no es abordado por el Estado Peruano, de acuerdo a la alta prevalencia que tiene en nuestra sociedad.
La supervisión de la Defensoría del Pueblo, en su Informe Defensorial Nº144[1], permitió comprobar que en el 98% de los CEM, no se había logrado implementar el modelo de intervención multisectorial y que por lo tanto no se habría alcanzado el objetivo de reducir la ruta crítica que siguen las víctimas.
Estos factores - afirma Jeannette Llaja, directora de DEMUS– sugieren preguntas acerca de la capacidad de los gobiernos regionales y locales para hacerse cargo de estos servicios y sobre el rol que debe asumir el MIMDES en este proceso de transferencia.
En este contexto, agrega la abogada, es responsabilidad del MIMDES, como ente rector, fortalecer las competencias de las autoridades del gobierno regional y local para prevenir y enfrentar la violencia hacia la mujer y garantizar la prevención y el acceso a servicios de calidad, eficaces y oportunos para las mujeres víctimas de la violencia.
Por otro lado, los gobiernos regionales y locales deben incluir en sus Planes de Desarrollo Concertado, los planes contra la violencia hacia la mujer, programas y servicios con su respectivo presupuesto, tal como lo indica el Plan Nacional contra la violencia hacia la Mujer 2009 – 2015. Asimismo, puntualiza la directora de la institución feminista, “en cumplimiento de dicha política pública, deben contar con una unidad encargada de gestionar los programas y servicios que se transfieren”.
“La violencia contra las mujeres es una grave vulneración de los derechos humanos, por lo tanto, exigimos compromisos explícitos de parte de todos los niveles de gobierno nacional, regional y local para hacerle frente” finaliza Llaja.
Estas incluyen la transferencia de funciones de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades y Población (14 funciones) y de la Red de Protección Social –donde se encuentran los Centros de Emergencia Mujer, a cargo del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del MIMDES– a las municipalidades provinciales y distritales a nivel nacional.
DEMUS expresa extrema preocupación porque esta transferencia signifique que los CEM ya no pertenezcan orgánicamente al Programa Nacional de Violencia Familiar y Sexual, y por ende, al MIMDES. También preocupa que se haya decidido aprobar este decreto cuándo el Gobierno se encuentra próximo a culminar y se prevea tan poco tiempo para que se realice la transferencia.
Ante esta situación, se recomienda que el proceso se realice con responsabilidad y teniendo en cuenta no solo los aspectos administrativos del mismo, sobre todo si se trata de servicios especializados para la atención de casos de violencia familiar y sexual, problema que aún no es abordado por el Estado Peruano, de acuerdo a la alta prevalencia que tiene en nuestra sociedad.
La supervisión de la Defensoría del Pueblo, en su Informe Defensorial Nº144[1], permitió comprobar que en el 98% de los CEM, no se había logrado implementar el modelo de intervención multisectorial y que por lo tanto no se habría alcanzado el objetivo de reducir la ruta crítica que siguen las víctimas.
Estos factores - afirma Jeannette Llaja, directora de DEMUS– sugieren preguntas acerca de la capacidad de los gobiernos regionales y locales para hacerse cargo de estos servicios y sobre el rol que debe asumir el MIMDES en este proceso de transferencia.
En este contexto, agrega la abogada, es responsabilidad del MIMDES, como ente rector, fortalecer las competencias de las autoridades del gobierno regional y local para prevenir y enfrentar la violencia hacia la mujer y garantizar la prevención y el acceso a servicios de calidad, eficaces y oportunos para las mujeres víctimas de la violencia.
Por otro lado, los gobiernos regionales y locales deben incluir en sus Planes de Desarrollo Concertado, los planes contra la violencia hacia la mujer, programas y servicios con su respectivo presupuesto, tal como lo indica el Plan Nacional contra la violencia hacia la Mujer 2009 – 2015. Asimismo, puntualiza la directora de la institución feminista, “en cumplimiento de dicha política pública, deben contar con una unidad encargada de gestionar los programas y servicios que se transfieren”.
“La violencia contra las mujeres es una grave vulneración de los derechos humanos, por lo tanto, exigimos compromisos explícitos de parte de todos los niveles de gobierno nacional, regional y local para hacerle frente” finaliza Llaja.
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