sábado, 21 de mayo de 2011

Trabajadores CAS también serán sancionados en la MPT

Por responsabilidad administrativa, al aprobarse Ordenanza

Trujillo, La Libertad.- Fue aprobada por unanimidad la ordenanza municipal que regula el proceso administrativo disciplinario a instaurar contra los locadores de servicios y los trabajadores bajo la modalidad Contrato por Administración de Servicios (CAS) de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), por incurrir en responsabilidad administrativa.
“El objetivo es establecer las normas a aplicar en los procesos administrativos disciplinarios que se abran a los locadores de servicios y los trabajadores bajo la modalidad CAS de la municipalidad, propios al establecimiento de las responsabilidades y sanciones a que hubieran lugar, bajo los principios de legalidad, transparencia y equidad”, dijo el regidor Dante Chávez Abanto.
La ordenanza es de aplicación a los locadores de servicios, los trabajadores bajo el régimen CAS, así como aquellos que han dejado de laborar bajo cualquiera de estas modalidades por faltas disciplinarias que hubiesen cometido en el ejercicio de sus labores.

“Antes sólo se podía sancionar a los nombrados, pero a los CAS no. Estos últimos podían cometer errores o irregularidades y no podíamos sancionarlos, ahora, con esta ordenanza, quedan sujetos a cualquier sanción”, argumentó Chávez Abanto.
Los delitos o irregularidades que cometan tendrán un plazo de tres años para que la MPT vea a través de la Comisión Ad Hoc de Procesos Administrativos Disciplinarios que el alcalde César Acuña nombrará por resolución, analice lo que tuviera que sancionar.
Hay que recordar que se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones y prohibiciones previstas en el reglamento y demás normatividad que regule la labor de los locadores de servicios y de los trabajadores bajo la modalidad CAS.
Entre las faltas de carácter disciplinario en las que pueden incurrir los locadores y trabajadores CAS están la reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de los superiores, relacionadas con sus labores. También incurrir en actos de violencia grave indisciplinaria o falta de palabra en agravio de su superior inmediato, del personal jerárquico y de los compañeros de labor, además negligencia en el desempeño de sus labores o actos de inmoralidad, entre otros,
La Ordenanza entrará en vigencia en los próximos días, posteriormente a su publicación oficial.

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