
Como es de conocimiento público se sabe, la norma de creación de Pensión 65 del mencionado Programa establece que el Programa Pensión 65 se iniciará progresivamente en los distritos más pobres del Perú, para cuyo efecto se ha tomado como referencia indica que la focalización geográfica (elección de los distritos) se realiza en base al aquellos distritos cuyo nivel de pobreza es superior a mapa de pobreza 2009 del INEI incidiendo en los distritos con más del 50% de pobreza extrema, según de acuerdo con el mapa de pobreza 2009 del INEI. y la Asimismo, debe destacarse que la condición de extrema pobreza se evalúa selección de los usuarios se efectúa de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
De otro lado, En ese orden, las personas adultas mayores que pretenden formar parte de Pensión 65 deben reunir los siguientes algunos requisitos para su evaluación: Tener 65 años cumplidos a más, no estar inscrito en ningún otro programa social (excepto SIS y Pronama), no pertenecer a EsSalud ni percibir ninguna otra pensión ni del sector público ni del sector privado, presentar copia de su DNI vigente y una Declaración Jurada debidamente suscrita.
En este contexto, Adicionalmente, de acuerdo a lo indicado de manera precedente, las personas adultas mayores interesadas en pertenecer ser incluidas en la Pensión 65 deben vivir en distritos priorizados de los departamentos de priorizados para su atención, que son Apurimac, Ayacucho, Huánuco, Huancavelica, Ica y Puno. Posteriormente se evaluará la incorporación de otros departamentos en función de la priorización que se realice sobre la base de criterios técnicos.
De otro lado, se debe indicar que ningún organismo ni funcionario de ningún estrato del Estado, salvo el Banco de la Nación o el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) está autorizado a realizar entregas de tarjetas de débito a los usuarios de Pensión 65.
El Sr. Félix Lachira, mencionado en el programa Las Cosas Claras de radio La Exitosa lamentablemente no reúne los requisitos vigentes en el Programa Pensión 65, por lo que su caso deberá ser analizado en otras instancias del Estado a fin de encontrar una alternativa de solución.
El Programa reitera que la incorporación de usuarios responde a un proceso técnico ajeno a la manipulación de funcionarios de cualquier nivel del gobierno. (Carmen Loli Castro)
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