jueves, 30 de septiembre de 2010

El 39% de las empresas no tiene seguro complementario de riesgo

De las 569 empresas fiscalizadas durante este año, el Ministerio de Trabajo multó a 222 por un monto total de S/.3,2 millones

(elcomercio.pe).- Una de las obligaciones de todo empleador es velar por la salud y la seguridad de sus colaboradores dentro de su centro de labores.
Desde finales de la década de los noventa las empresas dedicadas a actividades de riesgo, como la construcción, minería, extracción de madera, pesca, industria del plástico, entre otras, están obligadas a contar con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)
Sin embargo, el Ministerio de Trabajo informó que de las 569 empresas fiscalizadas durante este año, el 39% (222) no contaba con el SCTR. Estas corporaciones infractoras fueron multadas por un monto total de S/.3,2 millones.
Es más, según una encuesta realizada en abril por el Instituto de Opinión Pública de la Pontificia Universidad Católica, el 78% de los trabajadores consultados señaló que no cuenta con un seguro de salud y el 74% no tiene un plan de jubilación.

¿EN QUÉ CONSISTE?
El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo otorga prestaciones de salud y económicas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los trabajadores que realizan actividades de riesgo en empresas, cooperativas de trabajadores, empresas de servicios especiales, sean de servicios temporales o de servicios complementarios, los contratistas y subcontratistas.

En ese sentido, las prestaciones de salud están a cargo de Essalud o de una EPS, quienes deben brindar atención al 100% sin deducibles, mientras que las prestaciones económicas son vistas por las compañías de seguros y ONP.
Sobre este último punto, Patricia Medranda, subgerenta SCTR de Rímac Seguros, explica que en caso de sufrir algún accidente, las prestaciones dependerán del grado de invalidez. Si está entre el 20% y 50%, se le otorgará una indemnización, pero si pasa de ese porcentaje, recibirá una renta vitalicia.
Es más, si lamentablemente llega a fallecer, su cónyuge, hijos menores de 18 años y padres que hayan sido mantenidos por el trabajador, heredarán esta renta.
A diferencia de otros tipos de seguros, Medranda señala que –en el caso de Rímac– no se tiene que esperar algún tiempo después de la contratación para contar con cobertura.

BAJO INSPECCIÓN
Durante el 2009 se registraron 1.126 accidentes laborales. Si bien el número de incidentes se redujo a la mitad frente al 2008, es una cifra muy alarmante si se toma en cuenta que no todas las empresas reportan los accidentes.
Para el laboralista César Lengua, la nueva ley de inspección es más profunda en los temas de seguridad y salud dentro de la empresa, motivo por el cual las compañías se están viendo en la obligación de ponerse a derecho.
Desde su punto de vista, esta problemática se da –sobre todo– en las empresas informales y en aquellas donde los trabajadores desconocen sus derechos y hay poca protección sindical.
Sin embargo, también hay un sector del empresariado que está viendo en la prevención y el aseguramiento un beneficio a futuro para sus propias compañías. No solo por el ahorro del costo horas/hombre perdidas, sino también porque les da mayor confiabilidad frente a sus trabajadores.
Ante este panorama, se espera que este año la afiliación al SCTR crezca en más del 20%.

0 comentarios: