(La República).- Un adolescente podrá ser detenido sólo por mandato judicial o en flagrante infracción, en cuyo caso será conducido a la Sección Especializada en Familia de la dependencia policial, pero en ningún caso compartirá ambientes con adultos detenidos y el plazo máximo de detención será de 24 horas.
Así lo dispone el artículo aprobado por unanimidad en la Comisión Especial Revisora del Código del Niño y Adolescente del Congreso de la República.
Según el citado artículo, el adolescente tendrá derecho a que la Policía Nacional le informe oralmente y por escrito sobre los motivos de su detención y de los hechos que se le imputan, debiendo comunicar a sus padres responsables y al fiscal de Familia.
Asimismo, la Policía Nacional comprobará el domicilio del adolescente.
El artículo subraya que si la detención fuera ilegal o arbitraria, el fiscal deberá disponer su inmediata libertad.
Así lo dispone el artículo aprobado por unanimidad en la Comisión Especial Revisora del Código del Niño y Adolescente del Congreso de la República.
Según el citado artículo, el adolescente tendrá derecho a que la Policía Nacional le informe oralmente y por escrito sobre los motivos de su detención y de los hechos que se le imputan, debiendo comunicar a sus padres responsables y al fiscal de Familia.
Asimismo, la Policía Nacional comprobará el domicilio del adolescente.
El artículo subraya que si la detención fuera ilegal o arbitraria, el fiscal deberá disponer su inmediata libertad.
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