martes, 7 de diciembre de 2010

Sistema jurídico peruano sobre derechos de propiedad no garantiza desarrollo

Señaló expositor en seminario organizado por SUNARP

Los resultados internacionales en materia de protección de los derechos de propiedad para Perú muestran una debilidad alarmante en los últimos años. "En nuestra opinión, el sistema jurídico peruano no ofrece garantías mínimas para un desarrollo económico de largo plazo", dijo el Director Ejecutivo del Instituto de Libre Empresa (ILE), José Luis Tapia.
Entre otras cosas, hay que definir claramente el sistema de dominio que favorezca a la propiedad privada de modo que los operadores económicos puedan tomar decisiones económicas de gran magnitud e impacte en los índices de desarrollo humano, explicó Tapia.
Fue durante el Seminario “Derechos de Propiedad y Desarrollo Económico”, realizado el último viernes en el Centro de Convenciones Los Conquistadores, y que fue organizado por la Zona Registral N° V – Sede Trujillo – SUNARP, a través del Sindicato de Trabajadores y el Cafae.
Guillermo Vidalón, Jefe de Relaciones Públicas de Southern, analizó la tesis absolutista y la dominalista del derecho de propiedad en la perspectiva minera. "Sin acceso a la superficie no hay exploración ni explotación sea subterránea o a tajo abierto", explicó. Los problemas vigentes para la minería sería la confusión existente sobre el concepto de tierra eriazas. "Qué es tierra eriaza con aptitud agrícola", fue la interrogante de Vidalón.

Asimismo, el jefe de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz, David Rubio Bernuy, señaló "que el derecho de propiedad se pierde por transferencia forzosa del derecho de propiedad privada por medio de una Ley del Congreso a favor del Estado, previo pago del justiprecio."
"La propiedad del subsuelo no comprende los recursos naturales, los yacimientos, restos arqueológicos, etc", indicó Rubio.
Por su parte, Marco Carbajal, ex magistrado de la Corte Superior de la Libertad, argumentó que la reivindicación y accesión de un bien debe estar debidamente "identificado e individualizado".
La Corte Suprema tiene una jurisprudencia que establece la prioridad para la accesión y luego la reivindicación que "a efectos de consolidar en el propietario del suelo, el derecho de propiedad también de la fábrica, para que recién a partir de ello pretender la recuperación o reivindicación íntegra del citado bien", aseveró.
El jefe de Indecopi de La Libertad, Sergio Obregón, subrayó que las creaciones sin derechos de propiedad intelectual carecen de valor económico "y es la propiedad lo que permite que las creaciones entren al mercado".
Recordó que la propiedad intelectual es un incentivo para producir riqueza debido que promueve la creatividad de las personas y el ingenio que es remunerado. "Incentiva que las creaciones intelectuales en general se utilicen para generar riqueza, a través de su aplicación en la industria, comercio y desarrollo de la cultura", puntualizó.

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