El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) recuerda a la ciudadanía y municipalidades en general, que el libre acceso a las playas es un derecho garantizado por la constitución y las leyes, por lo que no se pueden imponer cobros por ingreso a las mismas.
Si bien la administración de las playas recae en las municipalidades, no pueden exigir pago alguno para ingresar a ellas. El cobro que pueden realizar, es por algún servicio que ofrezcan a los ciudadanos en dichos lugares, pero no como condición para ingresar a las playas.
En el caso de cobros por el servicio de estacionamiento vehicular, por ejemplo, las municipalidades están facultadas a cobrar, siempre y cuando lo ofrezcan en el lugar adecuado y después de que el ciudadano haya recibido el servicio.
Además, es necesario que las municipalidades cuenten con la ordenanza municipal respectiva para el cobro de parqueo.
Si se trata de un municipio distrital, deben contar además con la ratificación de la municipalidad provincial a la que pertenecen. Previamente, estas ordenanzas deben ser publicadas en el diario oficial El Peruano.
Se invoca a los distintos municipios a respetar el libre acceso a las playas. Los ciudadanos que vean afectados sus derechos por cobros municipales que no se ajusten a la ley, pueden presentar sus denuncias llamando al Servicio de Atención al Ciudadano del INDECOPI La Libertad, al 295733 o acudir a nuestras oficinas ubicadas en Calle Bolivia 251 Urb. El Recreo.
Si bien la administración de las playas recae en las municipalidades, no pueden exigir pago alguno para ingresar a ellas. El cobro que pueden realizar, es por algún servicio que ofrezcan a los ciudadanos en dichos lugares, pero no como condición para ingresar a las playas.
En el caso de cobros por el servicio de estacionamiento vehicular, por ejemplo, las municipalidades están facultadas a cobrar, siempre y cuando lo ofrezcan en el lugar adecuado y después de que el ciudadano haya recibido el servicio.
Además, es necesario que las municipalidades cuenten con la ordenanza municipal respectiva para el cobro de parqueo.
Si se trata de un municipio distrital, deben contar además con la ratificación de la municipalidad provincial a la que pertenecen. Previamente, estas ordenanzas deben ser publicadas en el diario oficial El Peruano.
Se invoca a los distintos municipios a respetar el libre acceso a las playas. Los ciudadanos que vean afectados sus derechos por cobros municipales que no se ajusten a la ley, pueden presentar sus denuncias llamando al Servicio de Atención al Ciudadano del INDECOPI La Libertad, al 295733 o acudir a nuestras oficinas ubicadas en Calle Bolivia 251 Urb. El Recreo.
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