Béder Martell tiene mucho qué explicar en su gestión.
(Diario La Primera) Una perla más de la Gerencia de Energía y Minas a cargo de Béder Martell, cuya gestión ya resulta vergonzosa. Su despacho aprobó otorgar certificados ambientales a dos mineras sin tener opinión favorable del Sernanp (antes Inrena). Crecen las sospechas de corrupción en el sector. ¿Murgia lo seguirá protegiendo?
La Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos (GEMH) del Gobierno Regional de La Libertad tiene mucho que contar, y quizá mucho que esconder. A las denuncias publicadas por La Primera contra el titular de dicha entidad, Béder Martell Espinoza, respecto a dos conflictos de intereses que viene manteniendo al mezclar sus actividades particulares con su gestión pública, ahora divulgamos un hecho que podría pintar de cuerpo entero cómo es que se están manejando las cosas en el sector minero de la región.
Esto es grave. Y lo trascendental es que en esta historia no sólo está involucrado Martell Espinoza sino también el presidente regional de La Libertad, José Murgia Zannier, quien es el que en última instancia firma las resoluciones de otorgamiento de certificación ambiental.
Desconsiderando la ley
¿Cuál es el presunto acto irregular? Resulta que la GEMH dio el visto bueno para otorgar certificaciones ambientales a las empresas “Mina Coronel” de la Empresa S.M.R.L. Santa Bárbara de Trujillo y Mina “La Paccha” de la Empresa S.M.R.L. Concepción María Nº 2. Sin embargo, ambas no cuentan con la opinión favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp), entidad que ha asumido algunas funciones que antes tenía el desactivado Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena).
En efecto, las dos nunca llegaron a tener la luz verde del Sernanp, requisito necesario de la legislación ambiental vigente prevista en el Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp, antes Instituto Nacional de Recursos Naturales –Inrena-); el Decreto Supremo Nº 013-2002-EM, Reglamento de la Ley Nº 27651-Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal; y el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas.
En esta última se lee: “Los Estudios de Impacto Ambiental y las Declaraciones de Impacto Ambiental de actividades a desarrollarse en Áreas Naturales Protegidas o Zonas de Amortiguamiento, deben contar con la opinión previa favorable del Inrena, como condición indispensable para su aprobación por la autoridad sectorial competente”.
Aquí vale precisar que en el caso de “La Paccha” y “Mina Coronel”, ambas están asentadas en la zona de amortiguamiento del Parque Nacional del Rio Abiseo, que es Área Natural Protegida en la provincia de Pataz. Significa que las dos realizarán (actualmente las realizan) sus actividades en un espacio físico protegido por ley, por lo cual dicha zona requiere un tratamiento especial para garantizar su conservación.
A pesar de estas exigencias de ley, la GEMH, tras recibir las solicitudes de permiso por parte de las dos compañías, desconsideró la normatividad vigente y emitió sendas resoluciones dando carta abierta a ambos requerimientos.
Y como corresponde según el procedimiento formal, el visto bueno de la Gerencia de Minas fue elevado a la presidencia del Gobierno Regional de La Libertad, cuyo titular José Murgia firmó las respectivas resoluciones ejecutivas regionales.
Caso Paccha
Respecto a la solicitud de “La Paccha”, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 2142-2008-GR-LL-PRE suscrita por Murgia el 2 de julio de 2008 en ningún momento cita el visto bueno del Sernanp.
El proyecto de exploración de la concesión minera “La Paccha” fue solicitada por Concepción María Nº 2 a través del expediente 11837-2008-GR-LL del año 2008 para. La Gerencia de Minas aprueba la Declaración de Impacto Ambiental y el 23 de junio de ese año, mediante oficio Nº 688-2008-GGR/GEMH-LL, Béder Martell solicita a la Gerencia General del Gobierno Regional de La Libertad, la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto.
El pedido de Martell, basado en el informe técnico Nº 021-2008-GGR/GEHM-LL/OASR fue aprobado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos del Gobierno Regional para luego plasmarse en la mencionada resolución Nº 2142-2008-GR-LL-PRE. En todo este proceso, jamás se cuenta con la opinión favorable del Sernanp.
Caso Mina Coronel
En el procedimiento para el proyecto de exploración y explotación minera “Mina Coronel”, tampoco se observa la opinión favorable del Sernanp. En este caso, Béder Martell se basa en el informe Nº 043-2008-GR/GEMH-LL-CACH-DFGM para enviar el oficio Nº 1004-2008-GR-GEMH-LL a la Gerencia General del Gobierno Regional a través del cual requiere la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental, que también consigue con la dación de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 2799-2008-GR-LL-PRE el 23 de setiembre de 2008.
Sernanp confirma área natural
La referencia de esta presunta irregularidad en la Gerencia de Minas llegó a este diario por intermedio de nuestras fuentes. Pero La Primera luego comprobó que el caso viene siendo investigado por el Órgano de Control Interno (OCI) del Gobierno Regional de La Libertad, que ya ha establecido una conclusión previa que prácticamente comprobaría la anomalía.
En el marco de sus indagaciones, el 25 de junio de este año el OCI (Oficio Nº 1903-2009-GRLL/OCI) consultó a Sernanp si las zonas donde se ubican tanto “La Paccha” como “Mina Coronel” son consideradas áreas naturales protegidas y/o zonas de amortiguamiento.
El 16 de julio el dicho organismo contesta afirmativamente: “Después de revisar la información remitida, debo indicarle que, tal como se muestra en el mapa adjunto, las zonas mencionadas se ubican dentro de la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional del Río Abiseo”, se lee en la respuesta que da el Sernanp mediante el oficio Nº 081-2009-SERNANP-DDE.
Siendo así las cosas, no es desubicado preguntarse qué hay detrás de este “descuido” legal. ¿Es en realidad una negligencia en el procedimiento de otorgamiento de permisos mineros? ¿O se trata de un apuro motivado por intereses ocultos? Lo cierto es que desde hace rato la Gerencia de Minas es amiga de la sospecha, y está por comprobarse si también lo es de la señora corrupción.
DETALLE
En las zonas de amortiguamiento se promueve el ecoturismo, el manejo o recuperación de poblaciones de flora y fauna; el reconocimiento de Áreas de Conservación Privada; las concesiones de conservación; concesiones de servicios ambientales; la investigación; la recuperación del hábitat; el desarrollo de sistemas agroforestales, entre otras actividades.
(Diario La Primera) Una perla más de la Gerencia de Energía y Minas a cargo de Béder Martell, cuya gestión ya resulta vergonzosa. Su despacho aprobó otorgar certificados ambientales a dos mineras sin tener opinión favorable del Sernanp (antes Inrena). Crecen las sospechas de corrupción en el sector. ¿Murgia lo seguirá protegiendo?
La Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos (GEMH) del Gobierno Regional de La Libertad tiene mucho que contar, y quizá mucho que esconder. A las denuncias publicadas por La Primera contra el titular de dicha entidad, Béder Martell Espinoza, respecto a dos conflictos de intereses que viene manteniendo al mezclar sus actividades particulares con su gestión pública, ahora divulgamos un hecho que podría pintar de cuerpo entero cómo es que se están manejando las cosas en el sector minero de la región.
Esto es grave. Y lo trascendental es que en esta historia no sólo está involucrado Martell Espinoza sino también el presidente regional de La Libertad, José Murgia Zannier, quien es el que en última instancia firma las resoluciones de otorgamiento de certificación ambiental.
Desconsiderando la ley
¿Cuál es el presunto acto irregular? Resulta que la GEMH dio el visto bueno para otorgar certificaciones ambientales a las empresas “Mina Coronel” de la Empresa S.M.R.L. Santa Bárbara de Trujillo y Mina “La Paccha” de la Empresa S.M.R.L. Concepción María Nº 2. Sin embargo, ambas no cuentan con la opinión favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp), entidad que ha asumido algunas funciones que antes tenía el desactivado Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena).
En efecto, las dos nunca llegaron a tener la luz verde del Sernanp, requisito necesario de la legislación ambiental vigente prevista en el Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp, antes Instituto Nacional de Recursos Naturales –Inrena-); el Decreto Supremo Nº 013-2002-EM, Reglamento de la Ley Nº 27651-Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal; y el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas.
En esta última se lee: “Los Estudios de Impacto Ambiental y las Declaraciones de Impacto Ambiental de actividades a desarrollarse en Áreas Naturales Protegidas o Zonas de Amortiguamiento, deben contar con la opinión previa favorable del Inrena, como condición indispensable para su aprobación por la autoridad sectorial competente”.
Aquí vale precisar que en el caso de “La Paccha” y “Mina Coronel”, ambas están asentadas en la zona de amortiguamiento del Parque Nacional del Rio Abiseo, que es Área Natural Protegida en la provincia de Pataz. Significa que las dos realizarán (actualmente las realizan) sus actividades en un espacio físico protegido por ley, por lo cual dicha zona requiere un tratamiento especial para garantizar su conservación.
A pesar de estas exigencias de ley, la GEMH, tras recibir las solicitudes de permiso por parte de las dos compañías, desconsideró la normatividad vigente y emitió sendas resoluciones dando carta abierta a ambos requerimientos.
Y como corresponde según el procedimiento formal, el visto bueno de la Gerencia de Minas fue elevado a la presidencia del Gobierno Regional de La Libertad, cuyo titular José Murgia firmó las respectivas resoluciones ejecutivas regionales.
Caso Paccha
Respecto a la solicitud de “La Paccha”, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 2142-2008-GR-LL-PRE suscrita por Murgia el 2 de julio de 2008 en ningún momento cita el visto bueno del Sernanp.
El proyecto de exploración de la concesión minera “La Paccha” fue solicitada por Concepción María Nº 2 a través del expediente 11837-2008-GR-LL del año 2008 para. La Gerencia de Minas aprueba la Declaración de Impacto Ambiental y el 23 de junio de ese año, mediante oficio Nº 688-2008-GGR/GEMH-LL, Béder Martell solicita a la Gerencia General del Gobierno Regional de La Libertad, la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto.
El pedido de Martell, basado en el informe técnico Nº 021-2008-GGR/GEHM-LL/OASR fue aprobado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos del Gobierno Regional para luego plasmarse en la mencionada resolución Nº 2142-2008-GR-LL-PRE. En todo este proceso, jamás se cuenta con la opinión favorable del Sernanp.
Caso Mina Coronel
En el procedimiento para el proyecto de exploración y explotación minera “Mina Coronel”, tampoco se observa la opinión favorable del Sernanp. En este caso, Béder Martell se basa en el informe Nº 043-2008-GR/GEMH-LL-CACH-DFGM para enviar el oficio Nº 1004-2008-GR-GEMH-LL a la Gerencia General del Gobierno Regional a través del cual requiere la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental, que también consigue con la dación de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 2799-2008-GR-LL-PRE el 23 de setiembre de 2008.
Sernanp confirma área natural
La referencia de esta presunta irregularidad en la Gerencia de Minas llegó a este diario por intermedio de nuestras fuentes. Pero La Primera luego comprobó que el caso viene siendo investigado por el Órgano de Control Interno (OCI) del Gobierno Regional de La Libertad, que ya ha establecido una conclusión previa que prácticamente comprobaría la anomalía.
En el marco de sus indagaciones, el 25 de junio de este año el OCI (Oficio Nº 1903-2009-GRLL/OCI) consultó a Sernanp si las zonas donde se ubican tanto “La Paccha” como “Mina Coronel” son consideradas áreas naturales protegidas y/o zonas de amortiguamiento.
El 16 de julio el dicho organismo contesta afirmativamente: “Después de revisar la información remitida, debo indicarle que, tal como se muestra en el mapa adjunto, las zonas mencionadas se ubican dentro de la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional del Río Abiseo”, se lee en la respuesta que da el Sernanp mediante el oficio Nº 081-2009-SERNANP-DDE.
Siendo así las cosas, no es desubicado preguntarse qué hay detrás de este “descuido” legal. ¿Es en realidad una negligencia en el procedimiento de otorgamiento de permisos mineros? ¿O se trata de un apuro motivado por intereses ocultos? Lo cierto es que desde hace rato la Gerencia de Minas es amiga de la sospecha, y está por comprobarse si también lo es de la señora corrupción.
DETALLE
En las zonas de amortiguamiento se promueve el ecoturismo, el manejo o recuperación de poblaciones de flora y fauna; el reconocimiento de Áreas de Conservación Privada; las concesiones de conservación; concesiones de servicios ambientales; la investigación; la recuperación del hábitat; el desarrollo de sistemas agroforestales, entre otras actividades.
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