martes, 16 de septiembre de 2014

No podrán difundirse encuestas o proyecciones de resultados electorales desde el 29 de setiembre

Las encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza que puedan difundirse sobre los resultados de las elecciones regionales y municipales 2014 estarán prohibidas desde las cero horas de lunes 29 de setiembre. Este silencio sobre la intención del voto se aplicará en cumplimiento del artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones que establece que las encuestas no pueden publicarse después del domingo anterior al día de las elecciones.
Esto quiere decir que el domingo 28 de setiembre, día fijado para el gran Debate Electoral que organiza el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), será el último día en que se podrán difundir encuestas de carácter electoral. La Ley Orgánica de Elecciones, publicada el 1 de octubre de 1997, también fija las prohibiciones permanentes en materia electoral que deben respetar los partidos, agrupaciones regionales y locales en las elecciones regionales y municipales del próximo 5 de octubre.
Una de ellas, en el artículo 359, indica que las manifestaciones políticas simultáneas están prohibidas de realizarse en un mismo lugar de una misma ciudad, salvo que se realicen en sectores separados por un kilómetro de distancia y con la autorización de la autoridad política, la cual establecerá la preferencia según el orden en que haya recibido los avisos. 
En el artículo 353 también se prohíbe a los miembros de la Fuerza Armada en situación de disponibilidad o de retiro participar, vistiendo uniforme, en manifestaciones o en otros actos de carácter político. 
Tampoco pueden hacerlo los miembros del clero regular y secular, de cualquier credo o creencia, vistiendo sotana o hábito clerical o religioso. 
En esta prohibición del artículo 354 se comprende a los miembros de cualquier credo religioso.
FUENTE:  JNE

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