Como parte de la Ley de Moratoria al Ingreso y Producción de Organismos Vivos Modificados (OVM) –conocidos comúnmente como transgénicos– el 14 de marzo pasado se publicó en el diario oficial El Peruano la resolución que determina que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) asumirá la competencia para ejercer las funciones de vigilancia, control, supervisión, fiscalización y sanción que habían sido otorgadas al Ministerio del Ambiente (MINAM).
Esta resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la norma que apruebe el Plan Multisectorial de Vigilancia y Alerta Temprana respecto de la liberación de OVM, norma que conjuntamente con el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAM –el cual establece en su Artículo 34° el procedimiento administrativo para el control de OVM–, y la Resolución Ministerial N° 023-2015-MINAM –norma que aprueba el “Compendio de Guías a ser aplicadas en los Procedimientos de Control y Vigilancia para la detección de Organismos Vivos Modificados – OVM”– forman parte del paquete normativo transectorial necesario para transferir las funciones del MINAM al OEFA.
Fuentes: MINAM
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