sábado, 24 de julio de 2010

Donaciones extranjeras o de origen anónimo están prohibidas a los partidos, ratifica ONPE

Lima (ANDINA).- Los partidos políticos deben rechazar las donaciones de fuente extranjera o de origen anónimo para financiar la campaña electoral, manifestó el gerente de Supervisión de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Alfonso Chan León.
Según explicó, la ONPE se encuentra facultada de verificar si el dinero tiene esa clase de procedencia, y para ello cumple con solicitar información financiera a las agrupaciones políticas que se encuentran habilitadas de participar en la lid electoral.
Agregó que el marco legal de esa labor de fiscalización se encuentra sustentado por la Ley de Partidos Políticos y por el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, normas que precisan también las fuentes prohibidas de fondos.
“Los partidos no pueden recibir más de 60 UIT de una persona natural o jurídica, no pueden recibir aportaciones anónimas, no pueden recibir aportaciones de fuente extranjera, y tampoco pueden recibir más de 3 mil 500 soles en efectivo”, dijo a la Agencia Andina.
Esta última prohibición, según explicó, fue recientemente establecida en una modificación de la Ley de Partidos Políticos para que el monto igual o superior a 3 mil 500 soles sea donado a través de medios de pago como depósitos en cuenta, cheques, giros, transferencia de fondos, órdenes de pago o tarjetas de débito expedidas en el país.

Chan León indicó que la labor de la ONPE es compleja porque debe auditar esos informes, de tal manera que pueda determinar si todos los montos consignados por los partidos en sus respectivos informes, corresponden a los fondos lícitos contemplados en la ley.
“Es un trabajo similar al de la Contraloría de la República, que para poder examinar o auditar al sector público, necesita los balances de cada institución y se toma un plazo de algunos meses para presentar un informe final”, indicó.
Añadió que lo mismo ocurre con la ONPE, cuyo informes tienen carácter parcial porque los partidos deberán presentar otros informes contemplados por el marco legal y cuando acabe la campaña de las elecciones ediles y regionales del próximo 3 de octubre.

Tres tipos de informe
El funcionario mencionó que existen tres tipos de informes que los partidos deben cumplir: el primero es la información financiera anual, que es la que se presenta al término de un año fiscal cualquiera, e incluye un balance anual, con el estado de ingresos y gastos, todos los activos y pasivos, los fondos partidarios, entre otros.
“El partido que no presente la información financiera anual, tiene una sanción, que de acuerdo a la Ley de Partidos Políticos, es la pérdida del financiamiento público directo, que es lo que el Estado debe dar para que los partidos políticos se desarrollen”, refirió.
Señaló que el segundo tipo es la información semestral, con una relación de todas las aportaciones recibidas de personas naturales o jurídicas; y la del tercer tipo es aquella información que se presenta con ocasión de las campañas electorales.
Para el caso específico de esta campaña, la información sobre gastos electorales se presentará en tres fechas distintas: el 19 de julio, el 9 de setiembre, y el 8 de noviembre.

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