
(Perú 21).- En momentos en que sentimos la pérdida de un ser querido, en lo último que pensamos es en los trámites de los seguros y las pensiones. Por ello, es de suma importancia dejar lista la declaratoria de beneficiarios y los documentos que los acrediten. Aquí los pasos que se deben realizar para tramitar la pensión de sobrevivencia para los familiares de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones.
¿Quiénes pueden ser los beneficiados?
El cónyuge o concubino (debidamente acreditado).Los hijos menores de 18 años de edad.Los hijos mayores de 18 años de edad incapacitados de manera total y permanente para el trabajo.Los padres del afiliado fallecido que se encuentren en condición de invalidez total, parcial, permanente o, en su defecto, que tenga más de 60 años y hayan dependido económicamente del afiliado.
¿Qué es lo primero que deben hacer?
Acercarse a la AFP para dar aviso del deceso del afiliado y presentar documentación y presentar documentación que respalde su derecho a pensión. Si se trata de un afiliado que aún no percibía su pensión, la presentación de beneficios ante la AFP debe darse durante los 60 días posteriores al deceso.
¿Cómo se inicia el trámite?
Presentar ante la AFP la Solicitud de Pensión de Sobrevivencia, con la copia de la documentación que acredita su condición de beneficiarios y el deceso del afiliado. Los beneficiarios deben ponerse de acuerdo e informar a la AFP sobre el tipo de moneda en que desean recibir sus pensiones de sobrevivencia. La AFP cuenta con un plazo de 5 días útiles para realizar la evaluación y pronunciarse.
¿Cómo continúa el trámite?
Si el afiliado ya recibía pensiones, la AFP o la empresa de seguros pagará las pensiones a los beneficiados declarados en su oportunidad.
Si el afiliado fallecido aún realizaba aportes, deberán iniciar el proceso de cotización de pensiones.
En este proceso solo participan las AFP, que ofrecen las modalidades de Retiro Programado, así como el tramo de la renta Temporal, y las empresas de seguros que ofrecen la Renta Vitalicia.
La AFP tiene un plazo de dos días de enviar la solicitud de cotización de pensiones de sobrevivencia a las empresas de seguros y estas deben responder dentro de tres días. Con las cotizaciones de pensiones, los beneficiarios tienen un plazo máximo de un día por evaluar las ofertas y optar por el producto previsional de su preferencia.
Los pagos de las pensiones de sobrevivencia se efectuarán, por intermedio de la AFP, dentro de los siete últimos días de cada mes.
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